Embargo de cuentas bancarias
El embargo de cuentas bancarias es una medida judicial que permite retener los fondos depositados en las cuentas de un deudor para satisfacer una deuda reconocida por sentencia firme o título ejecutivo.
Explicación detallada
El embargo de cuentas bancarias es una de las medidas de ejecución forzosa más efectivas para el cobro de deudas en España. Se decreta por un juez dentro de un procedimiento de ejecución (tras sentencia firme, auto de despacho de ejecución en un monitorio no contestado, o título ejecutivo como una letra de cambio o pagaré). El proceso funciona así: el juzgado envía una orden al banco del deudor para que retenga los fondos hasta cubrir el importe de la deuda más intereses y costas; el banco inmoviliza los fondos y los pone a disposición del juzgado. Existen límites legales al embargo: el salario mínimo interprofesional (SMI) es inembargable, y para cantidades superiores se aplican porcentajes progresivos según el artículo 607 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
En el contexto B2B, el embargo de cuentas de una empresa deudora no tiene estas limitaciones del SMI y puede afectar a la totalidad del saldo disponible. Es una medida contundente que suele motivar al deudor a negociar un acuerdo de pago incluso antes de su ejecución efectiva. Para llegar al embargo, el acreedor debe haber agotado previamente la vía extrajudicial y contar con un título que permita la ejecución.
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