Deuda incobrable (fallido)
Una deuda incobrable o fallido es aquella que, tras agotar todas las vías de reclamación, se considera irrecuperable y se da de baja del activo de la empresa. Contablemente, se registra como un gasto extraordinario en la cuenta de resultados.
Explicación detallada
Para que una deuda sea considerada incobrable a efectos fiscales en España, debe cumplir al menos uno de estos requisitos: que hayan transcurrido 6 meses desde el vencimiento y se haya instado judicialmente el cobro, que el deudor esté declarado en concurso de acreedores, o que las deudas hayan sido objeto de litigio judicial. La deducción fiscal permite recuperar parte del impacto económico de la pérdida.
Es importante distinguir entre la dotación de provisiones (estimación del riesgo) y la baja definitiva como incobrable (pérdida confirmada). La tasa de incobrabilidad es uno de los KPIs más críticos de la gestión de cobros.
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